El Trabajo Desde Casa – Recomendaciones

30 junio, 2020

El trabajo desde casa, no debe confundirse con el teletrabajo. El primero no se encuentra regulado por una ley o norma en especial, sino concebido con unas reglas básicas por el Ministerio de Trabajo ante la necesidad de algunos empleados de laborar desde sus hogares por el confinamiento ordenado en esta pandemia que atravesamos. En tanto que el teletrabajo tiene normatividad especial, esto es, la ley 1221 de 2008, la cual contempló elementos, requisitos y formalidades para que se dé.

El trabajo en casa si bien puede considerarse una nueva realidad para el trabajador en Colombia, deben tenerse en cuenta algunas recomendaciones para optimizar el tiempo dedicado a las labores contratadas, por lo tanto, consideramos pertinente atender las siguientes pautas:

  • La relación laboral entre las partes se mantiene vigente a pesar del trabajo remoto.
  • Las condiciones laborales pactadas inicialmente se mantienen vigentes, salvo que las partes pacten otra cosa
  • El trabajador continúa desempeñando las funciones que habitualmente realiza, por lo tanto, si hay nuevas funciones deben pactarse a través de otro sí.
  • No puede disminuirse de manera unilateral el salario pactado.
  • Las tareas deben ejecutarse dentro de la jornada pactada, de tal manera que se garantice al trabajador sus descansos.
  • La empresa puede establecer un modelo para seguimiento de funciones o evaluación de desempeño.